denuncia , discriminación , libertades , noticias , politica , sociedad , violencia Jueves, 6 octubre 2016

INDIGNANTE: Censuran sin motivo alguno una muestra gráfica en Trujillo

A pocas horas de la inauguración de la muestra gráfica de Álvaro Portales, el director de la Casa de la Identidad Regional de La libertad decidió cancelar el evento de forma arbitraria y alegando fundamentos jalados de los pelos. Parece que la libertad de expresión no es un concepto que entiendan con claridad algunos funcionarios públicos de Trujillo.

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Foto: Facebook Álvaro Portales

1. La muestra de arte

Álvaro Portales, artista gráfico y creador del logo de la ONPE que causó revuelo internacional en marzo, tenía pensado llevar a cabo la muestra artística «Cuando la gráfica es amarga, historia memoria y opinión gráfica» en la Casa de la Identidad Regional de La libertad. Esta muestra, que iba a durar desde el 7 hasta el 21 de octubre, recopila distintas ilustraciones referidas a la política nacional, conflictos sociales, protestas ciudadanas e incluso a la «Marca Perú».

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Fuente: Facebook Álvaro Portales

El artista publicó en su cuenta de Facebook los avances de la muestra y algunas entrevistas que le realizaron diversos medios de comunicación de Trujillo. Solo nos quedaba contar los días para que la Casa abra sus puertas al público.

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Foto: Facebook Álvaro Portales

Sin embargo, la mala noticia llegó hoy, un día antes de la exposición. El director de la Casa de la Identidad Regional, David Calderón de los Ríos, emitió el oficio Nº 111, en el cual señala que «no es factible el uso de la Casa» debido a que «no se ajusta a los fines y objetivos para los cuales el Código SNIP de la Casa fue creada». Lo curioso es que el documento informa que la muestra no se llevará a cabo, pero no explica las razones.

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Foto: Facebook Álvaro Portales

Álvaro Portales cuenta que, en previas oportunidades, el director de la Casa pidió el retiro de gráficas específicas.

«El señor David Calderón de los Ríos, director de la Casa de la Identidad Regional de Trujillo acaba de prohibirnos el ingreso al local para continuar con los trabajos de instalación de las obras, inicialmente pidió el retiro de las obras referidas a Conga, Bagua y Ni Una Menos vinculadas a la «Marca Perú», le solicitamos una reunión para conversar sobre este punto, se negó aduciendo problemas en sus tiempos que varió a un inesperado viaje a Lima y concluyó con un mensaje de WhatsApp comunicando que «la muestra no se ajusta a lo que la casa de la Identidad trabaja».

Intentamos comunicarnos en reiteradas oportunidades con Calderón, pero no obtuvimos respuesta. Llamamos al Gobierno regional de La libertad y tampoco nos contestaron.

2. Atentado a la libertad de expresión

El abogado José Alejandro Godoy explica que la cancelación arbitraria de la muestra gráfica supone una violación a los derechos constitucionales. El artículo 2º de la Constitución, para empezar, deja muy claro que tenemos derecho a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral, escrita o imagen.

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Imagen: Captura web Constitución del Perú

El artículo 13 de la Convención Americana de los derechos humanos deja muy claro cuáles son nuestros derechos de pensamiento y expresión.

«Pensamiento y de Expresión 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o

b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.

El artista puede iniciar un proceso legal en contra de la censura arbitraria a sus derechos. Lamentable que todavía sucedan este tipo de prácticas.