discriminación , libertades , noticias , politica , sociedad , violencia Miércoles, 22 febrero 2017

Mira la épica troleada del Estado a los que quieren quitar la palabra «género» del currículo escolar

No hay personajes más insistentes que los cristianos. La prueba son los evangélicos que tocan tu puerta todos los domingos hasta que abras. Otra prueba es la acción popular (no, no es un partido, así se le dice a la figura legal presentada) que enviaron al Poder Judicial para bajarse el currículo escolar del Ministerio de Educación. Aseguran que el demonio, o sea, la ideología de género, se encuentra en dicho documento.

portada

Imagen principal: Laicismo.org

La demanda aún espera la respuesta del Poder Judicial, pero el Estado, a través de su abogado (el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Huerta Guerrero), ya destruyó respondió cada uno de los argumentos caerisa legales de los seguidores de #ConMisHijosNoTeMetas. Estos son los puntos más contundentes de los 176 alegatos del Estado:

1. Generofóbicos

Los amigos de #ConMisHijosNoTeMetas son más contranormativos que los queer. No quieren ver la palabra «género» en ningún documento oficial del Estado:

¡Qué vendrá después? ¡La boda entre ateos? Imagen: Respuesta de Procuraduría Pública

¡Qué vendrá después? ¡La boda entre ateos? Imagen: Respuesta de Procuraduría especializada en materia constitucional

El Estado contesta:

«El término “género” ha permitido, tanto a nivel nacional, internacional y en el derecho comparado, adoptar de forma progresiva normas y políticas a favor de los derechos de las personas, lo que constituye una obligación del Estado en materia de derechos humanos».

2. Machistas

En su demanda contra la ideología de Madonna género, aclaran que el machito y la hembrita son distintos. No solo son diferentes en gónadas, sino también en inteligencia:

fotico

Solo les faltó citar a Schopenhauer: Las mujeres son objetos de cabellos largos e ideas cortas».

El Estado aclara:

«La Sala no puede pasar por alto las expresiones contenidas en este párrafo, en donde se da a entender que los hombres y mujeres tienen diferencias naturales, incluyendo la inteligencia. Una afirmación de ese tipo llevaría a concluir que los hombres y las mujeres tampoco serían iguales en cuanto al reconocimiento y ejercicio de sus derechos fundamentales».

3. Homofóbicos:

Por fin una entidad se atrevió a desnudar lo que realmente motiva a estos grupos cristianos y conservadores: la homofobia. El procurador señala que el uso de «disforia de género» en referencia a las personas LGTBi (Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e intersexuales), es:

d i s c r i m i n a t o r i o

disforia

El Estado le da zas en toda la boca responde:

«La forma en que la parte demandante se refiere a las personas LGTBI resulta contraria al artículo lº de la Constitución Política de 1993 (…) Por ello, merece un rechazo expreso y contundente al momento de emitirse la sentencia,(…), al quedar evidenciado que se basan en prejuicios o estereotipos que resultan discriminatorios».

4. Más especuladores que diario chicha

Como era de suponerse, en el Currículo Escolar no existe tal ideología de género que OBLIGARÁ a que los niños bailen Lady Gaga. Todos los argumentos de los demandantes se basan en supuestos, como lo denuncia el Estado:

«Muchos de los argumentos de la parte demandante se han formulado con los verbos en condicional, sin aseverar que el CNEB contenga disposiciones concretas en el sentido planteado en la demanda. El escrito de demanda está plagado de:

  • “puede aplicar”,
  • “sería”,
  • se “deja muchas dudas”,
  • “podría criticarse”, entre otros.

«Incluso se afirma que la búsqueda de igualdad entre hombre y mujer tiene por objeto llegar a reconocer el derecho de la mujer a abortar. Tal afirmación solo expresa un temor sobre una situación que consideran que puede darse, sin que ello se desprenda de un texto normativo expreso».

5. Llegan un poquito tarde

Ya se había informado que el término “género” se usa desde el 2005 en los currículos de educación básica. Incluso lo reconocen los defensores del coito vaginal con fines exclusivamente reproductivos:

genero

El Estado especifica:

«En consecuencia, si la preocupación de la parte demandante es el uso del término “género” en el currículo escolar, debió presentar -en su momento— una demanda contra la resolución ministerial del año 2005, y no, como se pretende, contra el CNEB aprobado el 2016″.

Es decir, la indignación por la introducción de la «ideología de género» en el currículo llegó con 12 años de retraso. Algo normal, considerando que casi 20 años después, aún no se enteran que la homosexualidad no es una enfermedad, según la Organización Mundial de Salud.

6. Violar el 8º mandamiento: PECADO

El procurador también encontró una extrañeza en la demanda de los hijos del Señor de la Luz Yahveh:

m i n t i e r o n

Resulta que en su demanda, compararon los currículos escolares de los años 2016 y 2017 para demostrar que el Lobby Gay introdujo términos que pervertirán a sus hijos:

demanda

Esos cuadros comparativos adornan las páginas 8, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de su demanda. El problema es que en el 2016 no existió un currículo nuevo. El procurador Huerta lo explica:

«Ambas referencias son inexactas. El CNEB aprobado mediante la Resolución Ministerial 281-2016-MINEDU(o sea, el nuevo) reemplaza al utilizado desde el 2009. (…) En atención a lo expuesto, resulta inexacta la referencia que la parte demandante realiza a un ‘Currículo de Educación Básica 2016’. No se aprueba un Currículo Nacional por año».

Creo que alguien debe aprenderse el octavo mandamiento.

7. Más nacionalistas que Trump

En su demanda, piden al juez que se baje el currículo escolar, porque, entre otras cosas, se basa en un tratado internacional que no tiene por qué cumplirse. Se refieren a La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), de donde proviene la expresión «equidad».

CEDAW

El Estado aclara:

«Se comete un gravísimo error jurídico al señalarse que la CEDAW es una norma de sofi law (no vinculatoria), cuando en realidad se trata de un tratado ratificado por el Estado peruano en 1982, de observancia obligatoria y que forma parte del derecho interno conforme al artículo 55º de la Constitución Política de 1993«.

Una pena que Donald Trump no sea su presidente.

La demanda ahora espera ser atendida por una sala civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Aquí pueden matarse de risa leer la demanda interpuesta por los grupos conservadores y aquí, la respuesta del Estado.