internacionales , noticias , sociedad Martes, 10 febrero 2015

Esto es lo que hizo Chile para solucionar su problema con la televisión basura

Diego Pereira

I'm back, bitches » @algunpereira » diego@utero.pe
No es cuestión de volarse la señal. Foto: RunRun.es

No es cuestión de volarse la señal. Foto: RunRun.es

El 22 de mayo del año pasado, luego de casi seis años de intensos debates en el Congreso, Michelle Bachelet, presidenta de Chile, promulgó la Ley de Televisión Digital.

¿Qué es, cómo se sirve y para cuantos alcanza? En realidad es bien sencillo: sucede que la ley no solo contiene «un impulso técnico» respecto a la calidad de la imagen -en el marco de la llegada de la señal digital al país del sur-, sino que también «mejora la calidad de contenido».

 

¿Cómo así?

Dentro de los 12 puntos que resalta esta nota del diario chileno La Tercera sobre los principales cambios que llegaron con la Ley de Televisión Digital, resaltamos dos bastante importantes porque intervienen directamente en la producción de contenido:

  • La mejora de la televisión regional: las operadoras de pago deben emitir cuatro señales regionales o locales obligatoriamente. Cada canal regional buscará su financiamiento.
  • Aumentar a cuatro horas a la semana la programación cultural de manera obligatoria. El Consejo Nacional de Televisión puede juzgar los contenidos. También entran programas de servicio público promovidos por el Gobierno.

Y es este último punto el que nos plantea dos preguntas interesantes…

 

1. ¿Cómo defines programación cultural?

Por ejemplo, Sudamerican Rockers es cultural.

Por ejemplo, Sudamerican Rockers es cultural.

Citando el reciente post de Hernán Migoya en este útero, «toda cultura establecida empezó siendo cultura basura», pero Daniela Gutiérrez del Observatorio de Medios FUCATEL no se hace paltas buscando una definición:

(…) programación cultural se define como los contenidos que promueven la reflexión identitaria, nacional, regional y local, la formación cívica, y el desarrollo del conocimiento y el arte. Los canales deben proponer programas que cumplan con este objetivo y el CNTV evalúa si se ajustan o no a la norma. Por lo tanto, del diálogo entre estas entidades se irá determinando caso a caso qué es cultural. Creemos que los canales tienen la amplitud suficiente para ser creativos y proponer una gran diversidad de programas entretenidos, en consecuencia con sus líneas editoriales y la necesidad que tienen de buscar audiencias masivas

Si bien la definición está algo paporreteada, lo que dice después es interesante: existirá un diálogo entre el Consejo Nacional de Televisión y las televisoras para lograr un acuerdo en contenido cultural.

Claro, eso siempre suena bonito en papel. Resulta que, según cuenta Gutiérrez la obligatoriedad de contenido cultural existía ya: se pedía una hora (60 minutos) en el horario entre las 18:00 a 00:30 de lunes a viernes, y de 16:00 a 00:30 los fines de semana. El problema es que nadie cumplía y esto se solucionó con la nueva ley.

Otra nota de La Tercera revela la definición contenida en la ley y su aplicación:

Como culturales se entienden aquellos programas referentes a los valores que emanan de las identidades multiculturales del país, los relativos a la formación cívica de las personas, al fortalecimiento de las identidades nacionales, regionales o locales, como fiestas o celebraciones costumbristas y aquellos destinados a promover el patrimonio universal y, en particular, el patrimonio nacional.

Al menos dos de las cuatro horas de programación cultural deberán transmitirse en horarios de alta audiencia, comprendido entre las 18:30 horas y las 00:00 horas de lunes a viernes. Las restantes horas obligatorias de programación cultural deberán transmitirse entre las 09:00 y las 00:00 horas de los días sábado y domingo.

La precisión está hecha.

 

2. ¿Qué es el Consejo Nacional de la Televisión?

Su logo no es muy bonito, pero funciona. Foto: CNTV

 

Podríamos decir que es parecido a CONCORTV (Consejo Consultivo de Radio y Televisión), que es la entidad similar que tenemos nosotros en el Perú, pero hay unas diferencias clave:

  • Existe desde 1970 (el nuestro arrancó hace menos de 10 años)
  • El presidente del país escoge al presidente del CNTV
  • Los otros diez miembros son elegidos por el Congreso

Según una nota del diario chileno El Economista, a esto se dedicarían en el marco de la nueva ley chilena:

[velará por el] permanente respeto, a través de su programación, de la democracia, la paz, el pluralismo, el desarrollo regional, el medio ambiente, la familia, la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud, los pueblos originarios, la dignidad humana y su expresión en la igualdad de derechos y trato entre hombres y mujeres, así como el de todos los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Eso sí, en el 2011 el CNTV recibió acusaciones de querer censurar contenido pues aparentemente era «demasiado arcaico» en sus concepciones de lo que es y no es buena televisión. Si algo debemos tener en cuenta es que el tema siempre va a ser espinoso.

Aquí puedes ver la lista de programas que ha aceptado el CNTV: de 61 programas presentados fueron aceptados 51.

***

Parece que el sistema chileno funciona hasta el momento. Las únicas quejas hacia la ley han sido dirigidas al aparente monopolio mediático, mas no en su manejo de contenidos. ¿Sería esta una solución que podríamos aplicar aquí?

Diego Pereira

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