noticias , politica Viernes, 3 mayo 2019

Tenemos que hablar sobre si contratar a funcionarios condenados por terrorismo está bien o está mal

Te presentamos a María Elena Foronda, la suspendida congresista izquierdista del Frente Amplio

Bien patriota ella. Foto: Twitter/@mforondafarro

Bien patriota ella. Foto: Twitter/@mforondafarro

¿Por qué la mandaron a su casa a mirar la pared por 120 días? Pues por haber contratado como trabajadora de su despacho a Nancy Madrid, una exmiembro del MRTA (Movimiento Revolucionario Túpac Amaru) condenada por terrorismo.

Empecemos contextualizando:

Todo este chongo empezó con este informe de Panorama del 13 de mayo del año pasado: Foronda había contratado —un par de años atrás— como personal de confianza a Madrid, una sentenciada por terrorismo capturada junto a su entonces pareja, el también emerretista Peter Cárdenas Schulte.

Las reacciones fueron casi inmediatas: Nancy Madrid renunció a su cargo y Foronda la defendió señalando que merecía reinsertarse a la sociedad tras cumplir su pena.

No está prohibido, ¿pero está bien?

¿Para qué metemos a alguien a la cárcel? En teoría, para que el delincuente se rehabilite y no lo vuelva a hacer. Si bien nuestro sistema tiene muchos errores y taras, las estadísticas muestran que el porcentaje de reincidentes no es alto. Mal que bien, la cosa funciona.

¿Y qué dice la ley sobre eso?

Tranquilidad, vamos a hacer esto rápido:

  • La Constitución (artículo 139, inciso 22) aclara que el objetivo de meter a alguien a la cárcel es reeducarlo, rehabilitarlo y reincorporarlo a la sociedad. 
  • El artículo 69 del Código Penal entra en más detalle sobre la «rehabilitación»: cumplir con la pena impuesta hace que el condenado quede rehabilitado sin mayor trámite.
  • La rehabilitación también cancela los antecedentes penales, judiciales y policiales. 
  • Por su parte, el artículo 70 (también del Código Penal) precisa que tras la rehabilitación los registros relativos a la condena no pueden ser comunicadas a ninguna entidad o persona.

Básicamente, toda persona que haya sido condenada por cualquier delito y que haya pagado su condena tiene el derecho a rehacer su vida. Si consideramos estos puntos, cabe la pregunta: ¿realmente infringió la ley Maria Elena Foronda al contratar a una exemerretista como secretaria en su despacho? La respuesta (si nos atenemos a la legalidad de la acción) es no. Pero ¿está bien?

Recordemos que la norma cambió

  • Cuatro días después del reportaje de Panorama, el Congreso de la República aprobó la ley que impide que los condenados por terrorismo y apología a este delito puedan trabajar en el sector público.
  • Durante el debate en el Pleno, la ley también se amplió para otros delitos con sentencia firme: tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, proxenetismo y trata de personas.
  • Quedaron fuera del impedimento por iniciativa fujimorista (esto es importante, grábatelo) los condenados por delito de lavado de activos.

Una dato importante: varios parlamentarios de izquierda votaron a favor de esta norma (Foronda estaba de licencia). Entre ellos, Marco Arana y Wilbert Rozas (del Frente Amplio) y toda la bancada de Nuevo Perú.

Ya, vamos a resumir todo

  • María Elena Foronda contrató a una exemerretista para trabajar en su despacho cuando esto no estaba prohibido por ley.
  • La ley que lo prohíbe entró en vigencia meses después y su secretaria ya no trabajaba con ella.
  • La ley evitó incluir el delito de lavado de activos en la prohibición y esta fue una iniciativa fujimorista.
  • Mención aparte merece el costo político que está pagando Foronda, sobre todo porque la contratada no había pagado su reparación civil.

Y esto nos lleva a mencionar algo importante antes de cerrar el post.

El miedo al terrorismo

Intervención: Utero.pe

Intervención: Útero.Pe

La generalización del término terrorista —que es usado con mucha ligereza por nuestra clase política— pretende descalificar a la persona con una idea central: un terrorista siempre ha sido, y continuará siendo hasta su muerte, un terrorista. Esto escribió al respecto Gonzalo Portocarrero:

(…) que esta misma actitud siga vigente 25 años después de la “implosión” –o descomposición– de Sendero Luminoso tiene que hacernos pensar que el conocimiento que tenemos los peruanos sobre nuestro país es insuficiente y peligroso, pues la ignorancia de las mayorías, sobre todo de jóvenes, significa que no hemos aprendido ni madurado como nación.

Portocarrero sostenía que estamos fijados en el odio y que nos es muy difícil cambiar debido a la ausencia de un pensamiento mínimamente crítico. Santiago Roncagliolo complementa la idea precisando que es normal temerle al terrorismo, pero advierte los peligros de la histeria:

La derrota de Sendero Luminoso fue una de las palizas más contundentes posibles. Sus miembros fueron condenados a penas justas, para nada benignas. Les prohibimos enseñar en colegios, recibir licitaciones públicas y hacer cualquier tipo de vida política. Todo eso me parece justificado. Los senderistas que abandonan la prisión se enfrentan a una sociedad que los odia y los hostiga. Eso quizá sea inevitable. Pero si pretendemos destruirlos, exterminarlos y aniquilarlos, que no hablen con nadie, no vivan en ninguna parte, no reciban sepultura, terminaremos por reforzarlos.

Pero, ¿debe un exterrorista trabajar para el Estado que quiso destruir? ¿Debemos apartarlo solo de puestos que les sean estratégicos? ¿Solo el sector privado puede facilitarle una adecuada reinserción? El problema es que estas (y más) preguntas son necesarias y  no las estamos haciendo.

Diego Pereira

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