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ATENCIÓN: Revisamos lo que dice la ley sobre los actos que estos tres políticos realizaron en plenas elecciones

Los líderes de tres partidos políticos que hoy participan en las elecciones municipales de Lima realizaron ciertas actividades que la ONPE y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberían, por lo menos, evaluar.

Composición: Útero.Pe

Composición: Útero.Pe

Cuando Lucho no es mudo, incumple la ley

Castañeda Lossio está con el humor de un alcalde que dejará su cargo en tres meses sin posibilidad de reelección. En un enlace con Latina, se despachó contra los canales 7 y 4 porque no difundían las notas que le realizaban, porque «lo maltratan».

Tan enojado estaba que lanzó un golpe tan bajo como el insulto que profirió contra Carlos Bruce en el 2011: intentó sacar del clóset al humorista Carlos Álvarez: «Yo respeto la homosexualidad de Carlos Álvarez pero que él respete si yo tengo una minusvalía» (min. 5:40), como si la homosexualidad fuese comparable con una discapacidad.

Lo que el JNE debería evaluar son sus palabras poco neutrales sobre la candidatura de su hijo (min. 22:25):

«¿De mi hijo? Que es el más capaz que hay. Y pregúntelo y compárelo. Lamentablemente no ha gozado de la simpatía. No me voy a quejar, somos gente de triunfo. No peleamos por nosotros, peleamos por el prójimo».

El artículo 346º de la Ley Orgánica de Elecciones dice sobre este tipo de declaraciones:

«Está prohibido a toda autoridad política o pública: a) Intervenir en el acto electoral para coactar, impedir o perturbar la libertad del sufragio, utilizando la influencia de su cargo o de los medios de que estén provistas sus reparticiones. b) Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato«.

Y no es la primera vez que saca pecho por su hijo desde su posición de alcalde. Hace una semana, firmó su propia licencia para poder acudir a un programa humorístico de RPP en el que apareció junto a su hijo candidato. Hecha la ley, hecha la trampa.

Imagen: Twitter

Imagen: Twitter

Urresti dispara ataques

Daniel Urresti tampoco parece tener muy clara la Ley Orgánica de Elecciones. A horas de iniciar las votaciones, brindó un enlace para los medios en Ticlio Chico (Villa María del Triunfo) y declaró un discurso tan parecido al de su mitin de cierre de campaña (min. 3:36):

«La campaña ha sido totalmente sui generis, muy difícil, pero ya terminó. Lo que esperemos es que hoy día los votantes decidan. No hay mucho que elegir: el status quo, que sigamos como hasta ahora, como los últimos 30 años o que voten por el candidato que ofrece poner en prioridad las laderas, los asentamientos humanos…».

El artículo 190º prohíbe cualquier tipo de propaganda política en este día:

«Desde dos días antes del día señalado para las elecciones no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Desde veinticuatro horas antes se suspende toda clase de propaganda política».

Reggiardo se golpea el pecho

Aquí, arrodillado, como pidiendo que regresen el tiempo para asistir al debate. Imagen: Correo

Aquí, arrodillado, como pidiendo que regresen el tiempo para asistir al debate. Imagen: Correo

El excandidato favorito en las encuestas acudió a debatir espiritualmente con Dios durante la mañana. Él asistió, junto a su esposa e hijos, a una misa religiosa en Manchay. Oró, se arrodilló y comió su hostia.

Sin embargo, la abogada y periodista Rosa María Palacios recordó que está prohibido utilizar la fe como propaganda política. El artículo 188 de la Ley Orgánica de Elecciones indica:

«Está prohibido el uso o la invocación de temas religiosos de cualquier credo, en la propaganda política».

Mientras que el artículo 184 añade:

«(….) los locales de las iglesias de cualquier credo, no pueden ser utilizados para la realización de conferencias, asambleas, reuniones o actos políticos de propaganda electoral de ninguna especie en favor o en contra de cualquier partido, candidato o tema por consultar, o para la instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité de tendencia política».

Además, las reuniones públicas de ninguna clase están permitidas durante las horas que se realizan las elecciones, según el artículo 349.  Es decir, el JNE tiene para escoger.