noticias , politica , sociedad Jueves, 15 octubre 2015

César Acuña utiliza la base de datos de su universidad para mandar spam politiquero

César Acuña ya es oficialmente un candidato más a la presidencia del Perú. Esto es algo que quedó oficializado el miércoles pasado en una transmisión por canal 5 . Sin embargo; mientras algunos lo veían detrás de la pantalla leyendo su discurso bastante parecido al comercial de su universidad, algo ocurría en las oficinas del partido. De manera masiva, este mensaje se mandó a miles de correos electrónicos.

Un mail distinto.

Oye útero, no seas pesado, ¡no tiene nada de malo mandar correos!

Claro, no tiene nada de malo enviar correos, pero cuando te enteres de la historia completa no pensarás igual.

1. El correo fue enviado a estudiantes de la Universidad Señor de Sipán

El candidato presidencial de Alianza para el Progreso es dueño de la Universidad César Vallejo, la misma que obliga a sus alumnos a hacerle una campaña gráfica publicitaria gratuita a su partido político y protagonista del famoso comercial de la raza distinta. Pero hay algo que muchos desconocen; Acuña también es propietario de la Universidad Señor de Sipán y de la Universidad Autónoma del Perú. Estos tres conforman el «Consorció UCV».

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UA, USS y UCV, respectivamente.

El correo que mostramos al incio de este post fue enviado a una gran cantidad de alumnos de la universidad Señor de Sipán. Ojo, este mensaje no solo llego a las bandejas de entrada de los correos registrados en la base de datos de dicha casa de estudios sino también a los celulares de los alumnos registrados en la misa base de datos.

¿Cómo sabemos esto?

Fueron los mismos estudiantes de la universidad quienes se contactaron con nosotros y nos hicieron llegar el correo original. También indicaron que una fanpage de Facebook, creada por los propios estudiantes, llamada «Yo soy de la Sipán – Oficial» publicó lo mismo, junto con las capturas de pantalla de los mensajes de texto. 

Intentamos comunicarnos al número de teléfono que envió todos estos mensajes en reiteradas oportunidades, pero no obtuvimos respuesta alguna. Son muchas las preguntas que nos hacemos al ver cómo un candidato recurre a este tipo de acciones. ¿Es ilegal o no enviar correos así? ¿debe ser sancionado? ¿nadie piensa hacer nada?

2. ¿Alguien dijo proselitismo político?

Vayamos por partes para poder responder la pregunta. Para empezar, enviar correos electrónico con mensajes políticos a toda una universidad con la intención de ganar adeptos o prosélitos califica (obviamente) como proselitismo político. Irónicamente, la UCV prohíbe el proselitismo y la actividad política en dos artículos de su reglamento interno. 

 

ARTÍCULO 74º.- SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
8. REALIZAR SUS ACTIVIDADES ESTUDIANTILES PRESCINDIENDO DE TODA ACTIVIDAD POLÍTICA PARTIDARIA.
ARTÍCULO 142º.- CONSTITUYEN FALTAS DE LOS DOCENTES, SUSCEPTIBLES DE SANCIÓN DISCIPLINARIA, LAS SIGUIENTES:
8. LA REALIZACIÓN DE CUALQUIER TIPO O FORMA DE ACTIVISMO O PROSELITISMO POLÍTICO PARTIDARIO DENTRO DE LA UNIVERSIDAD Y EN RELACIÓN CON ELLA, SIN PERJUICIO DE LA LIBERTAD DE CÁTEDRA.

En pocas palabras, los alumnos y los profesores están prohibidos de realizar actividades políticas, menos el dueño de la universidad. El proselitismo político es un delito si es que se realiza con dinero o bienes del estado. Desafortunadamente, el minion candidato Acuña lo hace con bienes privados, así que no es delito. 

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Ay si ay si, útero. Foto: soltvperu.com

3. ¿Entonces cualquier candidato puede mandarme publicidad?

Si revisamos con detenimiento el «asunto» de los correos enviados por acuña, nos damos cuenta que dice «CESAR ACUÑA PRESIDENTE». ¿Por qué es esto importante? Porque esto es ilegal. Enviar correos comerciales no solicitados sin la palabra PUBLICIDAD bien clarita en el asunto del correo, califica como infracción administrativa supervisada y podría ser multada por Indecopi con hasta 5 UIT’s.

En nuestro país existe un solo caso que ha sido castigado por una falta parecida; Indecopi sancionó por primera vez a una empresa que infringió las leyes antispam peruanas (sí, hay una ley contra los correos de píldoras mágicas) en el 2009. La empresa fue multada con 5 UIT’s. 

«Tales correos incumplían con los requisitos exigidos por ley para considerarlos lícitos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 28493 – Ley Antispam Peruana. Entre las infracciones cometidas por dicha empresa está la de haber enviado los mensajes con nombres de remitentes inexistentes y que los mismos habían presentado manipulaciones técnicas en el campo “asunto” y el cuerpo del mensaje, a fin de impedir su bloqueo a través de los filtros antispam; todo ello expresamente prohibido por la citada ley.»

Sin embargo; es aquí donde tengo que darte malas noticias. A pesar de la ilegalidad del asunto y de los correos de raza distinta esto no sería sancionado por Indecopi ya que, en temas electorales, es el Jurado Nacional de Elecciones el encargado de fiscalizar. Y el JNE no tiene ningún tipo de reglamentación contra spam.

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En teoría, esto es legal.

4. ¿Y el JNE no hará nada al respecto?

Es aquí donde aparece una pequeña luz de esperanza. La Asociación Civil Transparencia ha publicado estos aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en el periodo electoral enfocado en redes sociales y correos electrónicos.

Artículo 6.- Actividades de propaganda electoral permitida

Hay al menos dos actividades no mencionadas que son empleadas por las organizaciones políticas para promocionar a sus candidatos y candidatas y que podrían ser agregadas en este artículo:

  • (i) Propaganda a través de redes sociales, que puede incluirse en el numeral 6.4. Respecto al manejo de redes sociales, se podría establecer como obligación adicional que las organizaciones políticas informen al JNE los nombres de sus cuentas oficiales en distintas redes sociales, así como los nombres de sus respectivos community managers.
  • (ii) Publicidad a través de correos electrónicos. Esta modalidad de propaganda electoral puede ser regulada en forma análoga a lo establecido para los correos electrónicos comerciales no solicitados (SPAM). En particular, se recomienda incluir exigencias sobre los contenidos del correo electrónico (Ley 28943, artículo 5), establecer cuando se cometen infracciones (Ley 28943, artículo 6), definir responsabilidades (Ley 28943, artículo 7), sanciones (Ley 28943, artículo 8) y autoridad competente para la supervisión (Ley 28943, artículo 9).

En resumen; Transparencia recomienda que los partidos informen sobre sus fanpage oficiales, sobre los CM que manejen estas cuentas y que los correos de propaganda política sigan la misma línea que los correos comerciales. Los emails tendrían que colocar su intención en el asunto y no manipular el contenido para evadir los filtros antispam.

Asi también, Transparencia recomienda prohibir llamadas telefónica en forma automatizada a fijos y celulares, mensajes de texto y de mensajería instantánea (llámese whatsapp, facebook, line, snapchat, etc.). Las recomendaciones de esta asociación acabarían con toda esta pesadilla legal.

Puedes leer el documento completo aquí.

Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad from Asociación Civil Transparencia

El haber enviado esos correos masivos a su propia universidad, pese a no ser ilegal, califica como un acto que rompe con toda ética posible. Otro detalle interesante es el mensaje subliminal. Si desde el primer día se dedicó a enviar correos de propaganda para su candidatura, ¿en dónde quedaron sus elecciones internas?, ¿todo no es más que una pantalla? Esperamos que el JNE tome muy en serio estas recomendaciones de Transparencia para que la pesadilla de recibir propaganda política por todos lados acabe lo más pronto posible. Roguemos que no nos lleguen correos como cancha.