noticias , politica Miércoles, 11 marzo 2015

Castañeda ni Acuña podrán reelegirse y todo lo que debes saber sobre las leyes aprobadas de la reforma electoral

Ayer el Gobierno promulgó la ley que prohíbe la reelección de autoridades regionales y municipales. O sea, ¿Castañeda ya no podrá amarrarse al sillón de la Municipalidad de Lima? No. ¿Acuña podrá perpetuarse en el Gobierno Regional de La Libertad? Tampoco. ¿Esta es una buena noticia?

"KHA" Foto: Publimetro

«cha mare». Foto: Publimetro

En realidad, parece no ser tan buena noticia si tenemos en cuenta que no todas las autoridades son malas, y no todas eso rogamos quieren robar. Pero ¿Cómo se llegó a esta ley? ¿En qué momento? ¿Hay algo más que se haya aprobado? Este es el post que debes de leer para entender todo sobre la reforma electoral.

La no reelección: la no solución

Foto:  Perú.21

Foto: Perú.21

Todo empezó el martes tres de marzo, después del segundo diálogo del Gobierno con las fuerzas políticas. La Premier Ana Jara anunció que el Congreso iniciaría el debate de la reforma electoral. Y así fue. Como punto uno, se aprobó la ley de la no reelección de alcaldes y presidentes regionales (que ahora se llamarán «gobernadores regionales»).

Los primeros en criticar esta medida, evidentemente, han sido los afectados: César Acuña, quien es también el presidente de la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales, ha dicho que les «truncan las aspiraciones de querer seguir trabajando». Agregó que la norma «pone en peligro» la continuidad de los grandes proyectos regionales.

Solidaridad Nacional también se ha preocupado por el futuro de su líder. El congresista solidario Gustavo Rondón ha pedido a las autoridades electorales que confirmen si esta ley le alcanza a Castañeda Lossio. Bueno, lamentamos decirles que sí, es para todos los elegidos. En esta entrevista para Diario 16, tanto el abogado Julio César Castiglioni, como el jurista Aníbal Quiroga, explican que aplica para todos, no para los que serán elegidos en el 2018. Esto responde a una sola razón: la teoría de los hechos cumplidos.

La “teoría de los hechos cumplidos” se aplica a las consecuencias jurídicas de los hechos nacidos con anterioridad a la misma. Por lo tanto, a partir de mañana (hoy), hay un nuevo texto constitucional en los términos que allí indica. Conforme a ello, se aplicará a las regiones y alcaldías de inmediato y sin excepción alguna. 

Dirán, seguro, que es obvio que estos políticos se quejen porque les arruina los planes. En realidad, no son los únicos que han cuestionado la no reelección y asegurado que no es la solución a los problemas de corrupción. El analista político Fernando Tuesta escribió:

“Tremendo error: el Congreso aprobó en primera votación la no reelección inmediata de los presidentes regionales y alcaldes. ¿Existen muchos casos en nuestro país para abocarse a una reforma constitucio­nal tan compleja en su concreción?”

Es cierto. Estas son las cifras que soltó Tuesta: de los 100 casos de presidentes regionales que fueron electos entre el 2002 y 2014, apenas 12 han sido reele­gidos. Lo mismo ha ocurri­do en el caso de los alcaldes provinciales y distritales, donde solo se reeligieron menos de la quinta parte. El Instituto de Estudios Peruanos (IEP) también ha cuestionado esta norma que es parte de la reforma y ha coincidido con Tuesta: solo 16% de presidentes regionales y 17% de alcaldes distritales se reeligieron el 2014. Además consideraron que trunca el proceso de descentralización.

¿Y la no reelección de los congresistas? A esperar sentados.

 

Atento, Marco Tulio: cambios en la revocatoria

Foto: Diario16

Foto: Diario16

Los revocadores tienen que prestar atención a esta parte. Otra de las normas aprobadas, parte de esta reforma electoral, es la que aumenta los requisitos legales para realizar una revocatoria de autoridades. Entre las más importantes están estos cinco puntos:

  • Solo se podrá solicitar una revocatoria al tercer año de mandato de estas autoridades.
  • Los ciudadanos interesados en promover la consulta deberán registrarse ante el Jurado Nacional de Elecciones y sustentar su pedido ante la ONPE. De ser denegado, podrá apelarse ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Ya si también rechazan la apelación, se anula todo. Es decir, el JNE tiene el poder.
  • Los revocadores deberán reunir el 25% de las firmas de los electores inscritos en el lugar donde se hará la consulta.
  • Ya no habrán nuevas elecciones. Si revocan al alcalde, asume el accesitario.
  • Los promotores están obligados a rendir cuentas de los fondos empleados para la consulta.

Uno de los congresistas que ha saltado por este cambio es el aprista Mauricio Mulder y ha dicho que es una ley inconstitucional que atenta contra derechos ciudadanos. «La revocación la decide el pueblo, no la puede decidir el JNE». Recordemos que Mulder y todo el Apra apoyaron la revocatoria a Susana Villarán, así que…

Lo que está en espera

A ver si se hacen una.

A ver si se hacen una.

El Congreso todavía deberá debatir más dictámenes que son parte de la reforma electoral. Ana María Solórzano señaló que mañana continúan en el Pleno con los proyectos del «voto golondrino» y la llamada «curul vacía«. La eliminación del voto preferencial todavía no tiene un consenso. El primero es la iniciativa que propone eliminar el «voto golodrino» y obligar a los ciudadanos a tener actualizado su dirección real en el DNI. En las últimas elecciones regionales y municipales, fuimos testigos de varios de estos casos (Made Osterling sabe de qué estamos hablando).

El segundo: la «curul vacía» o la «silla vacía» es un dictamen que la Comisión de Constitución aprobó el año pasado. Es como un castigo. Todos los congresistas que estén involucrados en delitos de narcotráfico, lavado de activos y terrorismo perderán definitivamente su escaño y el partido político por el cual fue electo no podrá reemplazarlo con el accesitario. Es algo difícil que se apruebe, teniendo en cuenta los últimos miembros del Congreso con historiales de terror.

El tercero, y quizás el más importante, es la eliminación del voto preferencial. ¿Qué es esto? Es lo que vemos ahora: una persona que quiere ser congresista en un determinado partido «compra» su número en una lista y, cuanto más arriba esté, tiene más posibilidad de entrar. Esto genera una competencia entre candidatos de una misma lista y, en consecuencia, debilita al partido. O sea: cada uno hace su propia campaña, cada uno baila con su propio pañuelo. Tuesta ha sido categórico al pedir que de una vez por todas deje de existir el voto preferencial.

«Es lo más nefasto que hay en el terrero electoral. (…) El voto preferencial en América Latina se da en República Dominicana, Ecuador, Colombia, Brasil y Perú. En ninguno de esos países el voto preferencial ha servido para fortalecer la democracia. Quien diga que sí, o no conoce o está mintiendo. Que me señalen un país donde sí haya funcionado el voto preferencial. No van a encontrar ninguno». 

Pero, ¿qué se propone a esta eliminación? Tuesta, otra vez, en su columna publicada en La República:

Estas elecciones deberían ser organizadas y realizadas por la ONPE de manera simultánea en todos los partidos y los resultados vinculantes. RENIEC se encargaría del padrón de militantes y el JNE resolver las controversias. Es decir, un conjunto de reglas y procedimientos que produzcan garantías de un proceso interno.

El constitucionalista Enrique Bernales, en esta entrevista con Perú.21 aseguró también que hay que eliminarlo porque es la «mayor corruptela del país». Lo que ocurre es que los candidatos más fuerte terminan siendo beneficiados por este tipo de voto. Estos, paralelamente, tienden a recibir aportes de los financistas que no entregan directamente al partido. Además, el «voto preferencial», de paso, contribuye al transfuguismo y al fraccionamiento. Nuestro último Congreso es la mejor prueba de esto.

Lamentablemente, esta última reforma, la más urgente, es la que está más difícil de aprobarse. Los congresistas no se ponen de acuerdo. Motivos no le faltan.