corrupción , noticias , politica Lunes, 9 febrero 2015

Por qué salvar a Martín Belaunde ha sido una horrorosa decisión de Villa Stein

Diego Pereira

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Aún no terminaba el viernes y nos soltaron una noticia que nos nubló el sol: Martín Belaunde Lossio, el benefactor de la campaña humalista, se queda en Bolivia (por un rato más al menos).

 

¿Qué pasó?

Ya hablé ya. Foto: LaMula

Ya hablé ya. Foto: LaMula

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el gran Javier Villa Stein, declaró improcedente el pedido de extraditar a Martín Belaunde Lossio. Este (aparentemente flojo) pedido venía por parte del Ministerio Público y la Procuraduría Anticorrupción.

Esto es lo que dijo Villa Stein sobre su decisión, argumentando que no había sustento para extraditar a Martín:

No se trata pues de fabricar delitos a la carta, se trata de hacer las cosas bien, porque un Poder Judicial independiente, una sala penal independiente que respeta el principio de legalidad no puede hacer las cosas por preferencias o voluntades políticas, tiene que hacer las cosas conforme al derecho y conforme a la ley. En cuanto al lavado de activos nuestro tribunal no ha rechazado esta figura, lo que ha dicho es que no procede postergar la audiencia para incluirlo. En todo caso, se reserva el derecho y queda a salvo el derecho de interponer por lavado de activos, en su oportunidad, un pedido en ese sentido, pero como es natural siempre sujetos al pedido de legalidad.

Según Villa Stein, ni peculado ni asociación ilícita para delinquir proceden. El primero porque Martín no es funcionario, el segundo no supera los 2 años de cárcel (que es el mínimo requerido para extraditar a alguien según el tratado bilateral firmado entre Perú y Bolivia). Sobre el delito de lavado de activos, la Sala no se ha rechazado la figura. Esto fue específicamente lo que dijo Villa Stein:

  1. Debe haber mayor precisión en los hechos: fecha, lugar, circunstancias de la comisión del delito, así como una identificación clara de las víctimas
  2. El tratado bilateral firmado entre Perú y Bolivia en el tema de extradición establece que no se puede extraditar a alguien por un delito que tenga una pena mayor de 2 años
  3. El delito de peculado no configura a Belaunde Lossio porque no es funcionario público.

Así es la cosa según Villa Stein.

 

¿Pero es realmente así la cosa?

cods

Ojo con esto, Julio Arbizu te lo va a explicar bien bacán.

 

Esto opina el exprocurador anticorrupción, Julio Arbizu sobre la decisión de la sala de Villa Stein:

A ver, el peculado es un delito especial propio, tanto en Perú como en Bolivia. ¿Qué quiere decir esto? Que el autor sólo puede ser un funcionario público, pero además ese funcionario público debe tener cualidades especiales, como ser administrador o perceptor de bienes o caudales públicos. No cualquiera puede ser autor del delito de peculado. Ahora ¿cualquiera puede ser cómplice o instigador de ese delito? En Perú, eso lo ha resuelto la jurisprudencia con las condenas a muchos de los personajes privados que recibieron dinero de Vladimiro Montesinos (dueños de canales de tv, dueños de diarios chicha, empresarios en general). Y se ha tenido para eso que interpretar el tipo penal y el artículo 26 de la parte general del Código Penal, sobre la imposibilidad de transmitir condiciones personales. El artículo 26 peruano tiene su correlato en el 24 boliviano. Pero si ustedes leen bien, en el segundo hay un párrafo adicional (el último) que señala que cuando falten en el cómplice o instigador condiciones especiales que funden la punibilidad del autor, la pena se puede disminuir. ¿Qué quiere decir eso? Según mi interpretación que, a diferencia del Código Penal peruano, el boliviano sí deja abierta expresamente la posibilidad de imputar un delito como el peculado contra un agente privado. Por lo tanto, no es cierto que no exista doble incriminación y la Corte Suprema peruana ha actuado casi ejerciendo la función que le habría cabido a la defensa de Belaúnde Lossío, pero en Bolivia!!! (…).

Si no entendiste mucho, aquí en sencillo: sí se puede acusar de peculado a Martín Belaunde Lossio en Bolivia y, si en todo caso no se pudiera, eso ya es la chamba de su abogado defensor, no el de un juez peruano.

En la misma línea de crítica van estos tuits de Ronald Gamarra:

ron

Ojo con el segundo tuit: Villa Stein parece estar excendiéndose del tema que debía resolver. Además, para que no te queden dudas de lo cuestionable que es la decisión de la Sala Penal, el abogado Yván Montoya del IDEHPUCP escribió un extenso artículo bajándose cada uno de los argumentos de Villa Stein.

Pero para no marearte, vamos con la mala noticia:

(…) deseo centrarme en las consideraciones interpretativas de carácter jurídico que ha realizado la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema en el caso de la solicitud de extradición del prófugo Martin Belaunde Lossio y que han cerrado toda posibilidad de volver a presentar el referido cuaderno a Bolivia y, lo que es peor, ha cancelado cualquier otra posibilidad de volver a presentar un cuaderno de extradición por delitos de peculado en los que el referido prófugo este involucrado como partícipe en el Perú. (…)

Si bien coincido con el vocal supremo Villa Stein en el sentido que la Corte Suprema no puede ser una mera mesa de partes, creo también que el referido vocal se equivoca cuando la Sala que él integra y preside convierte erradamente este proceso de extradición (que es un proceso de cooperación judicial internacional) en un proceso penal sustancial, sobre el cual no tiene competencia actual.(…).

¿Qué significa esto en concreto?

 

Pues esto:

Nota de Peru21

Nota de Peru21

Lo peor de todo es que Ronald Gamarra ya la había cantado:

gamarrit

Por otra parte, Joel Segura, el procurador anticorrupción, ha dicho que no hay nada que temer: la decisión de Villa Stein no salva a Belaunde de ningún proceso penal a futuro.

Ojo: tanto para Gamarra como Montoya, Segura es uno de los responsables de los errores que aparentemente abundan en el cuaderno de extradición sustentado ante la Sala Penal Permanente.

Entonces, cabe la posibilidad de que nuestro procurador anticorrupción simplemente esté siendo excesivamente positivo para evitar la rezondrada que merece.

Todo mal.

Diego Pereira

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