noticias Miércoles, 3 septiembre 2014

Copy Depot ya no le podrá vender al Estado

Después de patalear para que alguien haga algo con el congresista Julio Gagó y que la empresa Copy Depot no le siga vendiendo al Estado, parece que por fin alguien le ha puesto el parche.

Cheeeesuuuuu.

Cheeeesuuuuu.

El Tribunal del Organismo Supervisor de Contrataciones con el Estado acaba de sancionar a Copy Depot con una inhabilitación temporal de 25 meses –contando a partir del 8 de agosto– por haber contratado con el Estado pese a que estaba impedido para hacerlo.

Fuente: OSCE.

Fuente: OSCE.

La resolución la pueden bajar de la misma página del OSCE. Pero acá se las dejo por si les da flojera ubicarla.

02047-2014.doc by Jona Castro

Pero hay un GRAN problema. A Copy Depot se le abrió proceso por dos temas relacionados que le impedían contratar con el Estado:

  1. Porque su tío –medio hermano de su padre– Juan Gavino Hinostroza era accionista fundador y parte del directorio cuando Copy Depot contrató con el Estado mientras Gagó ya era congresista. Los familiares hasta en cuatro grados de consaguinidad están impedidos de hacerlo.
  2. Aparentemente, Gagó manejaba las ventas de Copy Depot a través de testaferros mientras ya era congresista. Prueba fundamental de ello eran los audios que difundimos en Sin Medias Tintas en dos reportajes: El manual del perfecto proveedor del Estado parte 2 y El ritmo de Jaamsa.

El Tribunal de la OSCE sólo lo sancionó por el primer punto. Y lo peor es que es por una interpretación legal. En el asiento C00001 de la partida registral de Copy Depot, se registra que Gavino salió del directorio de la empresa en enero del 2009. Pero eso recién se inscribió el 14 de enero del 2013. La OSCE interpreta que recién se inscribió en esa fecha. Y Gavino fue parte del directorio de Copy Depot cuando Gagó ya era congresista.

15. En el presente caso, atendiendo a lo dispuesto en el literal c) del artículo 3 del Reglamento del Registro de Sociedades, se tiene que, por publicidad y legitimidad registral, el señor JUAN TEOGONIO GAVINO HINOSTROZA se mantuvo en el cargo de Director del Contratista hasta el 13 de enero de 2013 (día anterior a la inscripción registral del nuevo directorio).

En este extremo, en virtud de la legitimación activa que poseía el citado señor, al estar vigente su inscripción registral como Director del Contratista, éste pudo ejercer su condición sin limitación durante el periodo comprendido entre el 21.09.99 al 13.01.2013; más aún si dicho acto inscribible, según el Reglamento del Registro de Sociedades, no fue modificado o rectificado en su alcance; por tanto, surtía plena eficacia jurídica en el marco de los alcances para los cuales fue otorgado.

Sobre lo que era más importante no se emitió ningún pronunciamiento. Para verificar la segunda acusación, pidieron información a la Fiscalía para saber si los audios difundidos habían sido validados. Y la Fiscalía nunca les respondió.

No obstante ello, y pese a los reiterados requerimientos formulados por este Tribunal, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación no ha emitido la información y documentación requerida para determinar si los diversos audios publicados en la prensa han sido validados en su legalidad e idoneidad, y puedan ser utilizados como prueba plena para sustentar una imputación contra el Contratista; por lo tanto, este Colegiado considera que el presente pronunciamiento será emitido bajo responsabilidad de dicha Entidad, disponiéndose además hacerse efectivo el apercibimiento decretado en autos, debiendo comunicarse los hechos a su órgano de control institucional.

Pero la Fiscalía no podía dar ninguna respuesta porque la investigación es reservada. Lo que es extraño es que la OSCE no haya utilizado el peritaje de audios que demuestra que no hubo ninguna manipulación –que la Comisión de Ética del Congreso ya tenía en manos–. Si nos lo pedían, se lo hacíamos llegar al toque.

Es como si a Castañeda lo sancionaran por el error en su hoja de vida, y no por Comunicore… ¡ups!