#intervenganAPDAYC , noticias Lunes, 3 marzo 2014

Intervinieron APDAYC

Sucedió lo inevitable. Igual que sus modelos en España, Brasil y Colombia, la sociedad peruana de gestión de derechos de autores y compositores, APDAYC, ha sido intervenida.

cayo

En la medida que este blog inició el caso #IntervenganAPDAYC, creo que lo correcto es colocar todo el comunicado que Indecopi lanzó hace unos minutos. Aquí va:

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a través de la Comisión de Derecho de Autor, y luego de las investigaciones realizadas a la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc) decidió suspender a su consejo directivo por el lapso de un año, por infracciones a la Ley de Derecho de Autor.

En ese sentido, designó en su reemplazo a una junta administradora, la misma que ejercerá las labores del consejo directivo suspendido.  Dicha junta estará formada por los siguientes integrantes:

  • Un representante de la Confederación Internacional de Autores y Compositores-Cisac, en tutela de los intereses de los titulares de derechos extranjeros y de las sociedades con las que Apdayc tiene convenios de representación recíproca. Esta designación no podrá recaer en los miembros del consejo directivo suspendido. 
  • Representantes de las diversas categorías de asociados que tiene Apdayc, quienes no deberán ser miembros del consejo directivo suspendido. Estos son:
    • Un representante de los asociados fundadores.
    • Un representante de los asociados principales.
    • Un representante de los asociados activos.
    • Un representante de los asociados vitalicios.
    • Un representante de los asociados preactivos.
    • Un representante de los asociados expectantes.
    • Un representante conjunto de los herederos y de los autores administrados.
    • Un representante de las editoras.
  • Un representante designado por la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República; en caso dicho órgano acceda a la solicitud de la Comisión de Derecho de Autor.
  • Un representante designado por la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República; en caso dicho órgano acceda a este pedido.

La sanción incluye además una multa de 100 unidades impositivas tributarias, equivalentes a 380 000 nuevos soles.

Este es el resultado de las investigaciones y las diversas acciones de fiscalización emprendidas contra dicha sociedad de gestión colectiva.

De acuerdo a la Resolución Nº 0100-2014/CDA-INDECOPI, Apdayc infringió el artículo 153º, literal k) del Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, que establece que las sociedades de gestión colectiva están obligadas a aplicar sistemas de distribución real, bajo el principio de un reparto equitativo entre los titulares de derechos; es decir, en forma efectivamente proporcional a la utilización de las obras, interpretaciones o producciones, según sea el caso.

Sin embargo, Apdayc no cumplió con esta norma pues no sustentó porqué incluyó algunas radioemisoras y excluyó a otras de la lista de las radios monitoreadas por la empresa Dial Consultora de Marketing S.A.C., que emplea para determinar el uso efectivo de las obras musicales difundidas, y en consecuencia, calcular el pago de regalías. Por ejemplo, incluyó a Radio Inspiración (cadena de radios adquirida por la misma Apdayc) en dicho listado en forma arbitraria, sin que esta forme parte de las radios con mayores niveles de audiencia.

Asimismo, los criterios utilizados por Apdayc para la determinación de los montos correspondientes a los rubros Compensación por Productividad, Radio Televisión y Cable, y Fondo de Contingencia no aseguran un reparto proporcional a la explotación de las obras toda vez que, en algunos casos, los mismos permiten que se distribuya dinero entre un grupo de asociados cuyas obras no generaron regalías efectivamente recaudadas en el período correspondiente.

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Si siguieron el caso, estarán conscientes de que lo publicado por Indecopi es, por supuesto, sólo la punta del iceberg. Indecopi ha comprobado sólo un par de las múltiples denuncias que no sólo nosotros hemos publicado.

Por cierto, el abogado Miguel Morachimo, de Hiperderecho, nos recuerda que ésta «es una decisión de primera instancia que puede ser apelada ante la Sala de Propiedad Intelectual de Indecopi». Incluso podrían recurrir a leguleyadas para que la intervención jamás se ejecute. Aquí la presión de la opinión pública desde las redes sociales será clave.

¿Qué debería suceder ahora? Tres cosas muy simples:

 

1. Monitorear quiénes integran la junta administradora temporal

El principal peligro está en los representantes de CISAC, el APDAYC internacional, que ha impuesto un modelo que está haciendo agua en todo el mundo. Hasta donde tengo entendido hay dos corrientes fuertes en esta entidad: una que prefiere pasar todo por agua tibia y otra, que está harta de los escándalos en todo el mundo y quiere limpiar la casa. Ojo que el mismo Massé es vicepresidente del comité iberaomericano de CISAC.

Un segundo peligro son los representantes en el Congreso. Recordemos su cercanía con varios congresistas son muy cercanos a APDAYC y que incluso, hace muy poco, Julio Andrade fue invitado al Palacio Legislativo, junto a Tilsa Lozano. Por si fuera poco, el actual viceministro de Comunicaciones ha sido director general de APDAYC.

Finalmente, la mayoría de socios principales, vitalicios y activos (que representan el 1.7% de socios pero se llevan el 84% del dinero de todos los que integran la Asamblea General) han sido muy bien tratados por Massé.

 

 

2. Agilizar las investigaciones en la Fiscalía y el Congreso

En estos momentos la investigación de la 40° Fiscalía Provincial Penal de Lima, a cargo de la doctora Ninfa Espinoza, se encuentra pasmada. Por algún motivo –y aunque usted no lo crea–, las pesquisas policiales que deben servir de insumos para la Fiscalía están a cargo de un suboficial de la Divindat, la Dirección de Delitos de Alta Tecnología (¿?).

Fuentes de la Policía aseguran que sus superiores ya se han dado cuenta de ese despropósito y en los próximos días la situación se corregiría. Habrá que esperar.

Mientras tanto, en el Congreso de la República se formó una Comisión Mixta para investigar a APDAYC, que debería estar integrada por miembros de la Comisión de Fiscalización, de Cultura y de Defensa del Consumidor. Sin embargo, los congresistas se fueron de vacaciones sin nombrar a sus integrantes. Sin embargo, personalmente, yo prefiriría que el Congreso se dedique al siguiente punto:

 

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3. Cambiar la ley de derechos de autor. YA.

Este es el tema de fondo. Dice Morachimo:

La reforma del sistema de derechos de autor no se termina sacando a un par de personas de Apdayc. Tiene que pasar por cambiar las leyes para permitir un sistema más flexible, certero y transparente, que beneficié a autores y también a usuarios. Existen más de diez proyectos de ley esperando discusión en el Congreso que proponen diversas reformas a estas reglas. Lo que ha hecho Indecopi es aplicar un parche, pero lo que realmente necesitamos es actualizar el sistema operativo.

Efectivamente, es el MODELO lo que está mal. El decreto 822 es anacrónico y abusivo y debe cambiarse. Esta es una tarea que está en manos del Congreso. Porque sí, por fin intervinieron APDAYC, pero éste es sólo el inicio.

Que nunca más se la lleven fácil.