#intervenganAPDAYC , denuncia , noticias Viernes, 27 septiembre 2013

El espacio de Massé

Armando Massé, presidente ejecutivo de APDAYC, respondiendo por publicaciones de #intervenganAPDAYC.

Armando Massé, presidente ejecutivo de APDAYC, respondiendo por publicaciones de #intervenganAPDAYC.

Después de haber cancelado de último minuto una entrevista en Espacio 360, Armando Massé le dio una extensa entrevista a Rosa María Palacios en Radio Exitosa.  Por si acaso, Massé tiene un programa en la misma radio a las 4 de la tarde.

En otra muestra de la pluralidad con la que estamos llevando el caso, este post es completamente del amigo Massé. Hemos decidido que ayer él hizo mejor nuestro trabajo. A continuación les dejamos algunos extractos de la conversación. Si quieren escucharla completa den click aquí.

4:59

RMP: Entonces (APDAYC) no es una asociación de productores y compositores. Es una asociación de productores y compositores que producen plata.

Massé: Así es

 

8:47

RMP: ¿Cuantas (personas) han calificado el año pasado (para postular a la directiva)?

Massé: Han calificado catorce.

9:30

RMP: ¿Y el anteaño pasado cuantos calificaron para ser postulantes?

Massé:  Es que las elecciones son cada cinco años.

RMP: Ah, ¡cada cinco años! ¿y la última vez cuantos calificaron para ser postulantes?

Massé:  Igual más o menos.

 

14:14

RMP: Uds. van a un matrimonio a cobrar. Matrimonios de personas particulares. En un matrimonio de una fiesta familiar no hay ningún lucro, no se ha cobrado una entrada.
Massé: ¿Cómo que no hay ningún lucro? Cobra el de los bocaditos, cobra el del sonido, cobra el que hace el parte ¿y el dueño de la música no va a cobrar?

 

15:07

RMP: No hay forma de reconocer a este señor al que le hemos robado su música para el matrimonio. No hay forma de reconocer.

Massé: Sí hay, porque la canción que suena en un matrimonio no suena tu canción, o suena una canción de una persona desconocida. Suena la canción que está de moda. La gente quiere canciones que está de moda o música de catálogo.

 

18:30

RMP:  ¿Las canciones que cantamos en misa están protegidas?

Massé: Depende. Si tú cantas, Jesucristo, Jesucristo, está protegida.

RMP: Ya, y uds le cobran a la Iglesia católica por cantar canciones en misa.

Massé: No, en la práctica no.

20:46

Massé: Aunque la ley dispone que se cobre.

 

24:42

RMP: ¿Va a comenzar a cobrarle a la Iglesia católica?

Massé: En su momento. En Suiza, por ejemplo, las iglesias  pagan.

 

26:08

RMP: Si yo me caso y pongo radio, el radio ya está pagando el derecho de autor, ¿ahí también me cobran por escuchar radio?

Massé: Así es.

 

27:35

Massé: Cuando hay un baile en una fiesta, APDAYC lo que hace es cobra el 20% del local, el equipo de sonido y la orquesta. Sólo el 20%.

27:58

Massé: Si tú tienes para pagarle al Grupo 5 ochenta mil soles por el baile, tú le pagas al Grupo 5 ¿y al dueño de las canciones no le quieres pagar?

RMP: Oiga señor, nadie contrata al Grupo 5 para su matrimonio. Estamos hablando de una musiquita y cien personas.

 

34:58

Massé: La forma de reparto no es solo aquí me traes la canción y yo te pago. APDAYC graba los conciertos en vivo, baja la información de Youtube… Si tú no estás en Youtube, no estás en ningún lado.

 

36:37

RMP: ¿Por sus 352 canciones (de Massé) cuánto sacará al año?

Massé: ¿Al año? Me imagino que unos 100 mil soles.
45:42
Massé: APDAYC en estos días está por hacer un descuento importante de más del 25% para todas aquellas fiestas y reuniones que tienen un caracter familiar.

 

Si quieren leer un excelente análisis legal de esta entrevista, revisen este post de Blawyer.

Massé había adquirido la buena costumbre de dialogar con nuestros posts el mismo día. Eso pasó con los posts del martes y miércoles. El jueves estuvimos esperando en vano su respuesta al capítulo #s01e03 pero en vez de eso le escribió esta extensa y un poquito agresiva carta a Diario 16. Los resaltados son nuestros.

Derecho a réplica de Armando Massé

La Agencia INFOS, según propia declaración, es una empresa periodística que realiza investigaciones a pedido de terceros, y por lo tanto no se puede negar que sus enfoques puedan estar direccionados por quienes han contratado sus servicios. Conclusión, todo ese reportaje es pagado por alguien que tiene interés en perjudicar a APDAYC o a Armando Massé.

Esto puede objetivisarse por la cantidad de errores, semiverdades, inexactitudes, hasta mentiras y difamaciones realizadas por el informante por las que puedan ser nuevamente denunciados, pues no hacerlo sería aceptar como verdades los hechos que afirman y publican.
Veamos los errores de la Agencia de Investigación INFOS:

1. INFOS afirma sin haber leído la Ley de Derecho de Autor, que de los 55 millones recaudados por APDAYC debieron ser repartidos entre los artistas peruanos ¿? Esta afirmación es falsa y una incitación al delito pues pagarle a los artistas peruanos (persona que canta o interpreta una obra D.L 822), por otro lado, violaría el principio de Trato Nacional que exige el Convenio de Berna, y se constituiría en una expropiación de los derechos de los autores extranjeros, lo cual determina sanciones al Estado Peruano por la OMC.

2 INFOS sin ser abogados, pretenden que INDECOPI viole la garantía constitucional del debido proceso y la doble instancia pues ellos para complacer a quienes les pagan por el informe, quisieran que el Poder Judicial no tenga ninguna autoridad y de este imposible jurídico una resolución administrativa resuelva y determine aspectos que atentan contra los derechos humanos y que a la vez constituyen garantías constitucionales como son:

a) Libertad de asociación
b) Libertad de empresa
c) Libertad de hacer todo lo que la Ley expresamente no prohíbe.

3. INFOS afirma que APDAYC es poco transparente, pero sin ninguna prueba, por lo que incurriría en difamación y falsedad genérica; más aún se está contradiciendo al aceptar directamente que la información que utiliza para difamar a APDAYC la ha obtenido, precisamente, de la memoria de APDAYC, como por ejemplo: la recaudación total de APDAYC, la recaudación de ET MUSIC; la recaudación de ET MUSIC PERÚ, incluso el detalle de los ingresos de cada uno de los autores principales, fundadores, vitalicios y activos… ¿entonces qué más transparencia puede haber en la APDAYC?

4. INFOS calumnia y difama a APDAYC al afirmar que nunca antes publicó una tarifa cuando ello es una exigencia de la Ley de Derecho de Autor y la Ley Comunitaria 351 que APDAYC cumple año a año todos los 31 de diciembre en los diarios El Peruano y La República que es precisamente donde trabaja el Sr. Uceda, Director de la empresa INFOS, que al parecer no está al tanto de la información que se publica en su propio diario.

5. INFOS presente irresponsable y tendenciosamente la premisa de que APDAYC sólo otorga voto a 248 socios de los 8,000 inscritos, sin haber leído que es la propia Ley de Derecho de Autor en su artículo 153 «d» la que exige que los asociados tengan voto ponderado en virtud de su producción, así no puede tener la misma capacidad decisoria un socio que genera más de S/. 800,000 al año que un socio que no alcanza ni los S/.10.00 por año y que son el 90% deltotal de asociados. Lamentablemente de los 8,000 autores registrados en APDAYC, el 90% no tiene ninguna oportunidad de difundir su talento pues con una piratería del 99%, una inversión del Estado Peruano de sólo el 0.20% del presupuesto nacional y un desinterés total de las radios privadas en difundir la música peruana, no debe ser para nada difícil entender por qué hay tantos autores que no tienen ninguna recaudación , y por ende sin ninguna aportación no cabe tener voto alguno.

6. Finalmente, sobre la tergiversación que hacen de la Editora E.T. Music les aclaro lo siguiente:
Todas las obras exitosas del mundo son administradas por una editora musical como lo son SONY, EMI, WARNER, UNIVERSAL, así como editoras personales como SOLVER, CARAOLA, PUBLISHING, CHAGUITO PRODUCCIONES, etc, siendo la misión de las editoras promover las obras ya que las S.G.C. se avocan generalmente a la recaudación y distribución.
Una de estas editoras que bajo exigencia legal APDAYC está obligada a representar es E.T. MUSIC PUBLISHING de Estados Unidos, esta editora puso una filial en Lima denominada ET MUSIC PERÚ, ofreciéndome la administración, sin embargo por cuestión de poca disponibilidad de tiempo la asumió mi esposa al no existir ninguna incompatibilidad legal, moral ni conflicto de intereses, pues las incompatibilidades de los Miembros del Consejo Directivo de APDAYC están expresamente definidos en la Ley de Derecho de Autor D.L. 822 art. 155 y E.T. MUSIC no es acreedora de APDAYC, por lo que no existe impedimento ni conflicto de intereses.
LA constitución de ET MUSIC PERU fue transparente y totalmente pública a tal extremo que la data publicada por INFOS y replicada íntegramente por Perú 16 no es fruto de ningún destape ni investigación; los 325,000 soles pagados por APDAYC corresponden a obras musicales que constituyeron primeros lugares en el ranking 2010, 2011 y 2012 y que no tienen nada de raro pues solo en el 2010 el asociado Luis Zambrano Luján cobró S/. 156,179.99 y en el 2012 el asociado Marino Valencia cobró S/. 124,850.12, así que no es nada raro que APDAYC pague cifras razonables a autores que son productivos
Además, estmos pagos son anuales siendo un promedio de S/. 10,000 (diez mil nuevos soles) mensuales, lo cual constituye un ingreso razonable para un profesional de la música.

Armando Massé Fernández
Presidente Ejecutivo APDAYC

 

tl;dr

Massé: ¿Cómo que no hay ningún lucro (en un matrimonio privado)? Cobra el de los bocaditos, cobra el del sonido, cobra el que hace el parte ¿y el dueño de la música no va a cobrar?

#intervenganAPDAYC s01e04

Próxima semana: Hablan los autores y compositores.